que haya percibido de forma indebida cuando la resolución administrativa sea firme, según una orden ministerial que está preparando el Ministerio de Trabajo y Economía Social. A partir de aquí, si en un mes el trabajador no ha devuelto de forma voluntaria la cantidad que recibió de forma irregular, el Fogasa informará a la Agencia de la Administración Tributaria para que inicie la vía de apremio para cobrar la cantidad adeudada. Antes y después, el trabajador podrá solicitar el aplazamiento o el fraccionamiento del pago. El Fogasa tendrá seis meses para resolver y notificar las solicitudes de aplazamientos o fraccionamientos de pago, desde el día en que la solicitud entre en el registro. "Con carácter excepcional, el Fogasa o la Administración Tributaria podrá conceder discrecionalmente" un plazo superior a los establecidos, sin que en ningún caso pueda superar los veinticuatro meses.
Data publicació: 8/11/2022