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El TS ha emitido una sentencia de gran relevancia en el ámbito de las operaciones internacionales, fijando criterios interpretativos fundamentales sobre la valoración de la artificiosidad de operaciones con elementos transfronterizos. El TS subraya que la mera presencia de un elemento transfronterizo en una operación no es suficiente, por sí misma, para considerarla artificiosa desde la perspectiva del Derecho interno y de la UE. El criterio general establecido exige analizar, en cada caso concreto, si la operación controvertida permite evitar total o parcialmente la realización del hecho imponible o minorar la base o la deuda tributaria a través de actos o negocios que sean notoriamente artificiales.

Fecha publicación: 03/04/2025

Solo el 8% de los que están obligados a declarar se aplica estas deducciones autonómicas, según un estudio de los fiscalistas de la plataforma especializada TaxDown. Un error que puede ser entendible si se tiene en cuenta que actualmente existen más de 300 figuras que difieren por CCAA. Además, el borrador no las incluye por defecto, por lo que es el declarante quien debe encargarse de introducirlas.

Fecha publicación: 01/04/2025

La administración sostenía que los jubilados que no hubieran reclamado en un plazo de cinco años perdían su derecho a percibirlo. Ahora, el Supremo ha tumbado esta tesis y ha reconocido que no existe un plazo límite para solicitarlo. Los jubilados que cumplan los requisitos podrán iniciar sus reclamaciones sin el temor de que su derecho haya caducado. Sin embargo, la Seguridad Social aún deberá definir cómo se implementará esta sentencia en la práctica.

Fecha publicación: 27/03/2025

El INSS publica un criterio de gestión sobre el derecho a la prestación por nacimiento y cuidado de menor de una trabajadora fija discontinua que no disfrutó del periodo de descanso obligatorio por encontrarse durante las seis semanas posteriores al parto en situación de inactividad. Cuando el hecho causante se haya producido en esta situación, debe considerarse cumplida la obligación de disfrutar de dicho descanso a efectos de poder causar derecho posteriormente al subsidio por el descanso voluntario de 10 semanas, total o parcialmente, una vez que se produzca el llamamiento. Ahora bien, si una parte de esas seis semanas de descanso obligatorio tuviera lugar una vez producido el llamamiento, deberá disfrutarse la parte restante del descanso obligatorio para poder disfrutar posteriormente del descanso voluntario de 10 semanas.

Fecha publicación: 25/03/2025
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